T E C L A Z O S
Por Guadalupe E. González

X.-Sin embargo, Morena, “correría el riesgo de
quedarse sin candidato”, si lo inhabilitan
X.-Pero como “el poder del dinero manda”, lo que
establezca la ley “será cero a la izquierda”
HOY Carlos Peña Ortiz, de quien dicen (ya tiene resuelta a su favor) la
suspensión definitiva de su caso, (en lo electoral mas no en lo penal), hoy
fue ungido como el Candidato de Morena a la Presidencia Municipal de
Reynosa, cuyo evento las autoridades, finalmente, serán las que tendrán
que, “resolverle su problema de fondo” o Peña Ortiz, “correría el riesgo
de ser inhabilitado. E inicia campaña el hoy 15 de abril.
LA manipulación legal que, se ha venido dando en el caso, evidentemente
obedece a los intereses oscuros que, presuntamente hay de por medio. Y lo
que la Juez Federal, le otorgó a Peña Ortiz, fue “una suspensión
provisional y no defectiva o de fondo”, salvo que, (esta suspensión ya la
tenga en sus manos) por razones de corrupción o influyentismo, porque
para ello, lo aducen abogados en la materia, el caso del alcalde, tiene que
llevarse bajo el proceso correspondiente y eso requiere de tiempo y,
tiempo es el que ya no le alcanza al hoy ya candidato de Morena a la
alcaldía de Reynosa.
ABOGADOS consultados, explican también que, en una resolución
definitiva o en una audiencia incidental o constitucional, atendiendo a que
la incidental resuelve si le dejan la suspensión y, de provisional se la pasan
a definitiva, y la audiencia constitucional resuelve el fondo del amparo
que son las dos etapas del amparo.

ES DECIR, si continúan con la intención sea quien sea de que Carlos
Peña sea presidente municipal o candidato de Morena, la Juez en una
siguiente audiencia le retira sus derechos político-electorales, es decir, no
le concede la suspensión, entonces el PARTIDO MORENA; estaría ante
un escenario muy tardío para el cambio de candidato, lo cual (traería una
afectación social colectiva), contraviniendo los principios del juicio de
amparo.
REALMENTE, (la suspensión provisional se otorga con el auto de inicio
del juicio de amparo). Creo que es muy probable que, (si ya se registró),
puedan quitarle nuevamente sus derechos, (generando un problema
jurídico mayor). Así lo dice la ley, pero a como se ha visto el panorama
político, por los intereses políticos y mercenarios que hay de por medio,
“difícilmente le erradicarían la candidatura”, gracias a su padrino Mario
Delgado Carrillo.
POR ELLO, es importante señalar como lo explica el abogado consultado
que, estas son las cuestiones que debe valorar la autoridad electoral
(sobre el riesgo de permitir el registro) de un candidato que solo cuenta
con un auto de inicio de amparo que SOLO le concede (una suspensión
provisional y no definitiva y menos de fondo).
EN VERDAD, es un brete jurídico muy complejo donde la autoridad
electoral debe guiarse por la prudencia, la apariencia del buen derecho y
beneficiar el interés colectivo. SIN PONER EN RIESGO LA
ELECCIÓN-
PERO para ello, hay que esperar la audiencia incidental en donde) el
Juez puede no conceder la definitiva), pero lo más probable es que la
confirme.
Y SI ESO sucede, el juez de San Fernando, tendría que hacer un muy
buen alegato y, respaldado por algún criterio jurisprudencial, como para
que el juez décimo de distrito revoque “la suspensión provisional que le
concedieron a Carlos Peña Ortiz”. Y en este tenor, el joven edil (estaría
corriendo el riesgo de quedar inhabilitado) y MORENA tendría la opción
de sustituirlo.
PORQUE, “La Ley Electoral, prevé tres causales para cambiar candidato
hasta 15 días antes de cerrar el período de campaña que, son por

fallecimiento, renuncia o inhabilitación, que sería el caso de Carlos Peña.
Porque la ley establece que, “los candidatos pueden ser sustituidos por
renuncia hasta el 6 de mayo. Y hasta el día 7 por fallecimiento o
inhabilitación.
PERO LA LEY, dice una cosa y “los que, evidentemente, ha venido
haciendo y observando legalmente, es otra cosa”.
Por hoy es todo y hasta mañana.
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