-Los entes gubernamentales se refugian en la información clasificada
-La reserva de información se prolonga hasta por 20 años
-La seguridad nacional es el escudo para negar datos realmente importantes
H. Matamoros, Tamaulipas.-Tras la pugna legislativa en el Senado de la República y la
conclusión del segundo período ordinario del segundo año de la LXV Legislatura del
Congreso de la Unión, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y
Protección de Datos Personales (INAI) continuará imposibilitado de sesionar ante la falta
de quórum.
De acuerdo a lo previsto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información
Pública el INAI requiere de al menos uno de los tres integrantes que faltan por designar
para completar la asistencia necesaria en la votación plenaria.
En opinión del presidente ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR tan dependencia representa
una carga millonaria para el erario federal y, por lo tanto, debe desaparecer y trasladar
esa responsabilidad a la Auditoría Superior de la Federación.
Quienes mantienen otro criterio consideran que la extinción del INAI dejaría a la sociedad
sin un medio de defensa cuando vean afectados sus derechos, ya que, si bien las personas
pueden presentar sus quejas, el Instituto está imposibilitado de desahogarlas y emitir las
resoluciones correspondientes.
En consecuencia, no podría ordenar la apertura de la información requerida de los sujetos
obligados, o bien, para hacer efectivo el derecho a la protección de los datos personales.
Hasta antes de concluir el segundo período ordinario y dar paso a la Comisión Permanente
del Congreso de la Unión, en la Cámara Alta falló la estrategia de nombrar a uno de los
tres integrantes para lograr los cinco miembros que se requieren en la votación del pleno
del INAI.
Sin embargo, por instrucciones con origen en el Palacio Nacional, los senadores oficialistas
deberían designar a un consejero afín a la Cuarta Transformación para estar en
condiciones de abortar una sesión plenaria si la decisión a tomar afectaría los intereses de
la 4T; la inasistencia del integrante guinda impediría el quórum necesario.
La postura contraria del bloque opositor en el Senado provocó la toma de la tribuna, por
lo que la estrategia de la Cuarta Transformación no funcionó y el tema quedó en el limbo.
Obviamente, el INAI no desaparece, pero no podrá sesionar plenariamente para decidir
sobre las solicitudes de la sociedad.
Por lo tanto, no tendrán resolución las quejas relacionadas con el cumplimiento de la Ley
Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y su
Reglamento, y de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de
Sujetos Obligados.
Mientras el INAI no reúna el quórum de al menos cinco de los siete integrantes, verá
afectado su funcionamiento y análisis en información que tenga que ver con
identificación, contacto, datos laborales, académicos, estado civil, lugar y fecha de
nacimiento, nacionalidad, idioma o lengua, datos que permitan conocer la ubicación física
de la persona o su patrimonio, como son los saldos bancarios, estados y/o número de
cuenta, cuentas de inversión y bienes muebles, por ejemplo.
Asimismo, el Instituto pueden proporcionar y analizar quejas relacionadas con
información confidencial relacionada con los secretos bancario, fiduciario, industria,
comercial, fiscal, bursátil y postal, cuya titularidad corresponda a particulares, sujetos de
derecho internacional o a sujetos obligados cuando no involucren en ejercicio de recursos
públicos.
Como es del dominio público, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de Datos Personales es el órgano autónomo que protege los
datos personales cuando una persona (ya sea un particular o una autoridad) utiliza esa
información personal con fines distintos a los autorizados.
Vale la pena precisar que los siete comisionados del INAI son designados para cumplir ese
encargo por siete años, con el requisito ineludible de ser mexicano por nacimiento.
Desde otra perspectiva, al margen de criterios partidistas o controversias legislativas
internas, lo cierto es que la clasificación de la información (confidencial o reservada) es el
impedimento legal para que el ciudadano acceda a la información real e importante en
muchos temas que tienen que ver con la distribución de los recursos de la hacienda
pública.
Así qué ¿realmente es operante y necesario el INAI)
DESDE EL BALCÓN:
I.-Un ejemplo claro de que la transparencia gubernamental no funciona ocurre en el
Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por lo que el saqueo de medicamentos y
equipo y, además, supuestas costosas adquisiciones para atender a pacientes, están a la
orden del día.
Pero eso no es todo.
La opacidad también se presenta en lo que se refiere a las pensiones temporales y
generales que corresponden a los derechohabientes cuando ya no están en posibilidades
de integrarse a la actividad laboral.
Todo parece indicar que la corrupción, negligencia y “protocolos” exagerados es el común
denominador en el área de Medicina del Trabajo del IMSS, al menos, en el estado de
Tamaulipas.
¿Y ZOE ROBLEDO? Bien gracias; en plena campaña en busca de la candidatura morenista a
la gubernatura chiapaneca.
Ni hablar.
Y hasta la próxima.
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