AGENDA PÚBLICA.

Salvador Leal Luna.

Los congresos estatales del país y que se dicen autónomos en sus acciones legislativas, no pueden estar por encima de la Constitución de México o de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, luego de que esta última instancia declaró por unanimidad de votos de sus integrantes que el voto por cédula que se dio por el poder legislativo de Yucatán, es inconstitucional.

Esto, luego de que la SCJN recibió dos amparos y que fueron resueltos, por unanimidad de los ministros de la Primera Sala, el motivo, la aprobación de los matrimonios igualitarios, acciones promovidas por colectivos LGBT de esa entidad, federativa del país.

Explica que,  aunque la votación por cédula es válida cuando se trata de elegir magistrados, consejeros de institutos o incluso ministros, la Constitución no prevé este mecanismo para la aprobación de leyes o sus reformas, en donde el ciudadano tiene derecho a conocer el sentido del voto de sus representantes.

El voto por cédula o secreto que hacen al menos los diputados locales, como aquí en Tamaulipas, de presentarse amparos ante la SCJN, estos pueden ser declarados inconstitucionales e inclusive, pese a que  la Ley Interna del Congreso de Tamaulipas, lo establezca, para llevar ese tipo de votaciones internas.

Aquí en Tamaulipas, el poder legislativo, al menos en esta legislatura 65 lleva algunas acciones por medio de ese voto por cédula, como fue, esto de los matrimonios igualitarios, por un lado y recientemente la elección del alcalde sustituto del municipio de Río Bravo, donde quedó un familiar del actual secretario general de Gobierno, mejor conocido en la farándula de la política como “El calabazo”.

Por eso, de presentarse amparos, contra este voto por cédula, estos, pueden ser declarados inconstitucionales, debido a que ya existe jurisprudencia en ese sentido, además, en el Congreso del Estado de Jalisco, existe lo mismo, se presentaron amparos contra los matrimonios igualitarios, por ese mentado voto por cédula que llevaban a cabo los legisladores locales.

Ante ello, los diputados locales de esta 65 legislatura de Tamaulipas y como dice ese dicho, cuando veas las barbas de tu vecino recortar, pon las tuyas a remojar, debido a que si la Suprema Corte de Justicia de la Nación, declaró inconstitucional este voto por cédula en Yucatán y puede que en Jalisco, no deja de ser ya un voto caduco.

Veremos si existe en el poder legislativo de Tamaulipas, la madurez, además de la transparencia, llevar a cabo reformas, no sólo a la Ley Interna, sino a la Constitución de Tamaulipas, para que sólo queden dos votaciones en el interior del pleno legislativo, el voto en contra, como a favor y dejar atrás ese sufragio por cédula, como el abstenerse, ya que son representantes populares, no son privados y deben actuar como tal y no manejarse en lo oscurito que es lo peor del caso.

Con estos, antecedentes del Congreso de Yucatán, como los amparos que se promovieron ante el poder legislativo de Jalisco por este desgraciado voto secreto o por cédula, yo diría del “miedo”, los diputados de Tamaulipas, deben de pensar bien las cosas y evitar en lo sucesivo, llevar a cabo este maldito voto por cédula, donde la SCJN lo ha declarado inconstitucionalidad.

Esperemos que actúen en consecuencia, porque se ha visto que quieren ser superiores a los magistrados de la Suprema Corte de Justicia, como de otras instancias de justicia en el país, donde han declarado acciones de inconstitucionalidad y aquí, los diputados locales simplemente no les importa o en su caso, se las pasan por el arco del triunfo.

Por hoy es todo.

HASTA LA PRÓXIMA.

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