-Congreso de la Unión abroga la Ley sobre Delitos de Imprenta
-En contraparte, reforma la Ley General de Comunicación Social
-Se “curan en salud” con el rechazo a sanciones por injurias al Presidente

H. Matamoros, Tamaulipas.-La abrogación de la Ley sobre Delitos de Imprenta, el freno a
la iniciativa que agravaba sanciones por injurias al Presidente de la República y la reforma
a la Ley General de Comunicación Social son temas legislativos que involucran a
periodistas y medios de comunicación.
El decreto que desaparece la llamada Ley de Imprenta fue avalado en noviembre de 2020
en el pleno de la Cámara de Diputados y ratificado por unanimidad en el Senado de la
República, la semana pasada, por lo que fue turnado al Ejecutivo Federal para su
publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El proyecto de iniciativa de ley presentado en San Lázaro orientado a incrementar la
sanción por el delito de injurias al Presidente de la República, fue rechazado en la Cámara
Baja por lo que no fue necesario el veto anunciado por el presidente ANDRÉS MANUEL
LÓPEZ OBRADOR en caso de que pasara ambos filtros legislativos.
La reforma a la Ley General de Comunicación Social que en su artículo 26 restringe el
gasto de publicidad a los tres órdenes de gobierno y demás entes públicos a solo el 0.1 por
ciento del presupuesto anual, ha provocado una serie de acciones de inconstitucionalidad
y controversias constitucionales por lo que es analizada en la Suprema Corte de Justicia de
la Nación.
Respecto a la abrogación de la Ley sobre Delitos de Imprenta promulgada durante el
régimen carrancista el 12 de abril de 1917 se considera obsoleta porque fomenta la
autocensura y las amenazas desde el poder político contra periodistas y medios de
comunicación.
Pero ¿qué delitos quedaron abrogados tras la aprobación de ambas cámaras del Congreso
de la Unión?
-Toda manifestación o expresión maliciosa verbalmente o por señales en presencia de una
o más personas, o por medio de manuscrito, o de la imprenta, del dibujo, litografía,
fotografía o de cualquier otra manera que expuesta o circulando en público, o trasmitida
por correo, telégrafo, teléfono, radiotelegrafía o por mensajes, o de cualquier otro modo,

exponga a una persona al odio, desprecio o ridículo, o pueda causarle demérito o en su
reputación o en sus intereses.
-Toda manifestación o expresión maliciosa hecha en los términos y por cualquiera de los
medios indicados en la fracción anterior, contra la memoria de un difunto con el propósito
o intención de lastimar el honor o la pública estimación de los herederos o descendientes
de aquél, que aún viviesen.
-Todo informe, reportazgo o relación de las audiencias de los jurados o tribunales, en
asuntos civiles o penales, cuando refieran hechos falsos o se alteren los verdaderos con el
propósito de causar daño a alguna persona, o se hagan, con el mismo objeto,
apreciaciones que no estén ameritadas racionalmente por los hechos, siendo éstos
verdaderos.
-Cuando con una publicación prohibida expresamente por la ley, se compromete la
dignidad o estimación de una persona, exponiéndola al odio, desprecio o ridículo o a sufrir
daños en su reputación o en sus intereses, ya sean personales o pecuniarios.
El argumento relevante que motivó la aprobación unánime de los senadores fue la
necesidad de eliminar toda contradicción o retroceso en el avance progresivo referente a
diversos derechos y libertades, como la de expresión e imprenta, entre otras, lo que,
indudablemente, coloca fuera del alcance del poder político a periodistas y medios de
comunicación.
Sin embargo, diputados y senadores no analizaron debidamente y, por lo tanto, no
dimensionaron el problema social que está ocasionando entre periodistas y medios de
comunicación la reforma a la Ley General de Comunicación Social.
Tal iniciativa presidencial avalada en San Lázaro y en el Senado prácticamente esté
asfixiando a miles de medios de comunicación y trabajadores de la información,
generando, a su vez, un problema social que impacta a esa rama de proveeduría de
servicio y a los comunicadores que realizan esa actividad.
En su afán por complacer al presidente LÓPEZ OBRADOR para presionar a medios masivos
de comunicación no afines a la Cuarta Transformación y aprovechando la mayoría simple
en ambas Cámaras, diputados y senadores aprobaron la reforma a la Ley General de
Comunicación Social sin dimensionar el problema socio-económico derivado de la
restricción del gasto público en la difusión de la actividad gubernamental.
Tal parece que en el Senado de la República-luego de dos años y medio-decidieron sacar
de la “congeladora” y abrogar la Ley sobre Delitos de Imprenta para tender una cortina de
humo sobre la reforma al artículo 26 de la Ley General de Comunicación Social que,
además de inconstitucional, está generando un grave problema social en gremio
periodístico y entre los empresarios de medios de comunicación.

Bastaba con que el jefe del Ejecutivo federal “cerrara la llave del presupuesto federal” y
solicitara la cooperación (u ordenara) a los 22 gobernadores morenistas y municipios
guindas que no otorgaran publicidad oficial a los medios de comunicación críticos a la 4T.
Algo parecido ocurrió en los años 50 s durante el régimen del presidente MIGUEL ALEMÁN
que creó la empresa paraestatal Productora e Importadora de Papel S.A. (PIPSA) para
controlar el suministro del papel para los periódicos rotativos de la época.
La necesaria materia prima llegaba de manera expedita a los periódicos adoradores del
sexenio alemanista y, a la vez, obstaculizaba burocráticamente el suministro del papel a
los medios críticos.
Ni hablar.
DESDE EL BALCÓN:
I.-Para no quedar mal políticamente con el presidente ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR
y su iniciativa de reforma a la Ley General de Comunicación Social, gobernadores y
alcaldes emanados de Morena prefieren el “nado de muertito” y que sean sus homólogos
opositores los que promuevan las acciones de inconstitucionalidad y controversias
constitucionales ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La estrategia es entendible y válida, pero…….
Y hasta la próxima.
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