Adán Echeverría

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Constitución) que actualmente nos rige, fue decretada el 5 de febrero de 1917, y reformó en su totalidad aquella Constitución del 5 de febrero de 1857 que estuviera vigente durante 60 años.

La última reforma a nuestra Constitución se realizó con fecha de 17 de mayo de 2021.

Nuestra Constitución actual nos ha regido durante 104 años, y desde luego que ha sufrido diversas modificaciones que buscan siempre actualizarnos como un país legalmente constituido en armonía y orden con los derechos y responsabilidades de sus ciudadanos y sana convivencia pacífica con las otras naciones.

Nuestra Constitución cuenta con 136 artículos ordenados en nueve Títulos, además de 16 artículos transitorios.

Los nueve títulos son:

Título 1o. Abarca cuatro capítulos. I. De los derechos humanos y sus garantías: Artículos 1 al 29; Capítulo II. De los mexicanos: Artículos 30 al 32; Capítulo III. De los Extranjeros: Artículo 33; Capítulo IV. De los ciudadanos mexicanos: Artículos 34 al 38.

2do. Contiene dos capítulos. Capítulo I. De la soberanía nacional y de la forma de gobierno: Artículos 39 al 41; Capítulo II. De las partes integrantes de la federación y del territorio nacional: Artículos 42 al 48.

3ero. Contiene tres capítulos. Capítulo I. De la división de poderes: Artículo 49; Capítulo II. Del Poder Legislativo: Artículos 50 al 79; Capítulo III. Del Poder Ejecutivo: Artículos 80 al 93; Capítulo IV. Del Poder Judicial: Artículos 94 al 107.

4to. De las responsabilidades de los servidores públicos, particulares vinculados con faltas administrativas graves o hechos de corrupción, y patrimonial del estado. Artículos 108 al 114.

5to. De los estados de la federación y la Ciudad de México. Artículos 115 al 122.

6to. Del trabajo y de la previsión social. Artículo 123.

7mo. Prevenciones Generales. Artículos 124 al 134.

8vo. De las reformas a la Constitución. Artículo 135.

9no. De la inviolabilidad de la Constitución. Artículo 136.

Hay que prestar especial atención a varios puntos que son de interés de todos los mexicanos; sobre todo en lo referente a nuestros derechos y a nuestras responsabilidades como ciudadanos mexicanos. Desde el artículo 1 se nos señala que: “En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos”; obligando a todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, a promover, respetar, proteger y garantizar los mismos. En nuestro país está prohibida la esclavitud. De la misma forma: “Queda prohibida toda discriminación por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.”

Esto último es de vital importancia en los temas de debate dentro de las redes sociales. Es de no comprenderse el afán de algunos personajes que pretendiendo ser opositores al gobierno se jactan de señalar cosas como: “los habitantes del Sur de México son flojos, no les gusta trabajar, son religiosos mochos, poco inteligentes; su pobreza se acrecienta porque están acostumbrados a solamente recibir dádivas. En cambio, los habitantes del Norte de México somos personas trabajadoras, más inteligentes, más liberales, y por eso tenemos más dinero.”

Estos son argumentos de Clasistas, y ese tipo de conducta es violatoria justamente del dictado constitucional. Va de nuevo: está prohibida toda discriminación por origen étnico (tanto de pueblos originarios, así como descendientes de las comunidades de medio oriente, o china, coreana, japonesa, afromexicana, etc); como tampoco se debe discriminar por la condición social de nadie, ni por sus preferencias sexuales, o religiosas. ¡Analiza tus discursos!

Ya basta de esa pretendida división amparada en el Nortexit, (copiando el Brexit del Reino Unido al salirse de la Comunidad Europea, su clasismo cimentado en seguir copiando a Europa), para señalar que el Norte de México quiere formar una nueva patria, separada de los estados del Sur de México.

Atendamos lo que se señala en el Artículo 2 de nuestra Constitución: “La Nación Mexicana es única e indivisible”. “Única e Indivisible”, apréndanselo, y dejen de atentar contra la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con esa actitud que solamente es Clasista y retrógrada.