Ciudad Victoria, Tamps. 13 de abril de 2026.

La iniciativa de Ley que presento la Diputada Local Cinthia Jaime Castillo en la que se pretende crear un Colegio de Periodistas como “asociación de interés público con personalidad jurídica propia”, constituida por la Secretaría General de Gobierno, no es novedosa. Es vieja y ya fue declarada incompatible con la democracia hace 40 años. Aprobarla hoy tendría tres impactos negativos medibles: *inconstitucionalidad inmediata, reducción del pluralismo informativo y riesgo de control político del oficio*.

1. Choque frontal con la Constitución: nace muerta

El artículo 9° de la Constitución Mexicana garantiza que “No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito”. Este artículo no ha sido reformado desde 1917.

En México, la colegiación profesional es voluntaria. Imponerla por ley para ejercer el periodismo violaría directamente ese derecho de asociación. Por supremacía constitucional, ninguna ley secundaria puede estar por encima de la Constitución. El destino jurídico sería la invalidez vía acción de inconstitucionalidad o amparo.

*Dato*: Desde 1945 la SEP ha expedido casi medio millón de cédulas a abogados, pero incluso en esa profesión la colegiación obligatoria no existe. Si no se logró para abogados tras 80 años de debate, imponerla a periodistas —oficio ligado a la libertad de expresión— tiene aún menos sustento.

 2. Viola tratados internacionales vinculantes para México

México es parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En 1985, la Corte Interamericana resolvió el punto exacto en la *Opinión Consultiva OC-5/85*: la colegiación obligatoria de periodistas es incompatible con el artículo 13 de la Convención.

La Corte fue tajante: “las razones de orden público que son válidas para justificar la colegiación obligatoria de otras profesiones no pueden invocarse en el caso del periodismo”. ¿Por qué? Porque “el bien común reclama la máxima posibilidad de información y es el pleno ejercicio del derecho a la expresión lo que la favorece”.

*Traducción práctica*: Poner una barrera de entrada al periodismo reduce las voces, no las mejora. La Corte advirtió que un sistema de control al derecho de expresión “puede ser fuente de grandes abusos y, en el fondo, viola el derecho a la información que tiene esa misma sociedad”.

*Precedente*: La OC-5/85 fue impulsada por Costa Rica y la Sociedad Interamericana de Prensa y sigue siendo referencia 40 años después. Aprobar hoy una ley contraria expone al Estado mexicano a condenas internacionales.

3. Impacto negativo en el pluralismo: menos medios, menos voces

La colegiación obligatoria funciona como licencia previa. La OC-5/85 concluye que eso “limita de modo permanente, en perjuicio de los no colegiados, el derecho de hacer uso pleno” de la libertad de expresión.

*¿Qué pasaría en números?*

En México hay 34 denominaciones diferentes solo para la profesión jurídica y casi 1,000 escuelas de derecho. El periodismo es aún más diverso: reporteros empíricos, comunicadores comunitarios, periodistas indígenas, youtubers, medios locales, independientes y nacionales.

Si se exige título + colegiación, se expulsaría del oficio a quienes, según datos de INEGI más del 45% de que ejercen comunicación y periodismo en México no tienen licenciatura en el área, con un colegio obligatorio los volvería ilegales de un día para otro.

*Efecto cascada*:

1. Cierre de medios pequeños: Radios comunitarias y portales locales no podrían sostener nóminas 100% colegiadas.

2. Autocensura: Si el Colegio puede sancionar o expulsar, se convierte en tribunal de conducta. La Corte ya advirtió que eso “restringe indebidamente el acceso al ejercicio periodístico”.

3. Concentración: Solo grupos con recursos para colegiar a toda su plantilla sobreviven. Menos competencia = menos investigación incómoda.

4. Riesgo de captura política: quién hace las reglas, pone al árbitro

La iniciativa deja que la Secretaría General de Gobierno formalice el Colegio y registre estatutos. Es decir, el Ejecutivo estatal diseña la puerta de entrada al periodismo.

La Corte Interamericana ya dijo que “un sistema de control al derecho de expresión en nombre de una supuesta garantía de la corrección y veracidad” es riesgoso. Hoy, con 32 gobiernos estatales distintos, se abre la puerta a 32 Colegios con criterios políticos para decidir quién es periodista y quién no.

*Experiencia comparada*: Donde ha existido colegiación obligatoria en América, se usó para excluir críticos. Por eso la RELE de la CIDH conmemora la OC-5/85 como “decisión emblemática” que reafirma que “sin libertad de expresión no hay democracia”.

 Conclusión: El camino correcto es fortalecer, no licenciar

Nadie discute que el periodismo necesita ética, capacitación y mejores condiciones. Para eso existen mecanismos voluntarios: códigos de ética, certificaciones, defensorías de audiencia, asociaciones civiles. La colegiación voluntaria ya existe en México y se tramita ante la SEP.

Pero volverla obligatoria y tutelada por Gobierno es inconstitucional, inconvencional y contraproducente.

 El Impacto neto de aprobar la iniciativa conlleva a:

1) Ley invalidada por tribunales.

 2) Menos periodistas ejerciendo, especialmente en comunidades y medios pequeños.

 3) Mayor riesgo de control político de la información.

El bien común que invocan los promotores se protege con más voces, no con menos. Como dijo la Corte IDH hace 40 años: el pluralismo informativo es esencial en una sociedad democrática. Legislar en contra es legislar hacia el pasado.

—Datos Consultdos: Art. 9° Constitucional; OC-5/85 Corte IDH párr. 76-77; medio millón de cédulas a abogados desde 1945.

Profr. Ramón Carmona