Por: José Medina

Ciudad Victoria.— El diputado Marco Gallegos Galván, promovió en sesión pública ordinaria, reformas al artículo 101 de la ley de Aquisiciones para la Administración Pública del Estado de Tamaulipas y sus Municipios, para quedar como sigue:

«La inhabilitación prevista en este numeral se aplicará sin perjuicio de las demás sanciones administrativas, de las penas convencionales pactadas en los contratos y, en su caso, del pago de los daños y perjuicios que se ocasionen a las instituciones públicas».

«Como se desprende de las disposiciones legales antes descritas, la Ley de Adquisiciones establece penas convencionales y la rescisión de contratos, por atraso en el cumplimiento de sus obligaciones. Así como infracciones y sanciones; las cuales, son totalmente independientes unas de otras, por lo que consideramos, que dicha situación debe estar de manera expresa en la Ley, con la finalidad de evitar malas interpretaciones al momento de aplicar las sanciones que correspondan por violaciones a la Ley de Adquisiciones», agregó

Informó Gallegos Galván, que la propuesta en mención, se encuentra tal cual, en la Legislación del Estado de Nuevo León, motivo por el cual, consideramos que es viable su implementación en el Ordenamiento jurídico del Estado de Tamaulipas.

Cabe señalar que el Artículo 85 dice:

La Secretaría, las dependencias y entidades estatales y los Ayuntamientos deberán pactar penas convencionales a cargo del proveedor por atraso en el cumplimiento de sus obligaciones, las que no excederán del monto de la garantía de cumplimiento del contrato, y serán determinados en función de los bienes o servicios no entregados o prestados oportunamente. En las operaciones en que se pacte ajuste de precios, la penalización se calculará sobre el precio ajustad