Alberto Serna
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- La diputada del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) Francisco Castro Armenta, presentó una iniciativa con proyecto de decreto para que se adicione el árticulo 64 Ter a la Ley de Salud para el Estado de Tamaulipas para prohibir la venta de bebidas azucaradas y alimentos de alto contenido calórico en dependencias públicas e institucionales de Salud del Estado.
Dijo que el objetivo es fortalecer las políticas públicas en materia de salud y prevención de enfermedades asociadas al consumo excesivo de azúcares y calorías, mediante la
prohibición de la venta, distribución, suministro o donación de bebidas azucaradas, refrescos, bebidas energizantes y alimentos preenvasados con alto contenido calórico, así como la instalación o mantenimiento de máquinas expendedoras que los ofrezcan, dentro de las dependencias y entidades de la administración pública estatal y en hospitales, clínicas y demás instituciones de salud pública del Estado de Tamaulipas.
“En Tamaulipas, según la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición (ENSANUT, 2020), más del 70% de los adultos presentan sobrepeso u obesidad, con riesgos directos de diabetes mellitus tipo 2, hipertensión arterial y enfermedades cardiovasculares”, señaló la legisladora en la exposición de motivos.
Dijo que el consumo habitual de bebidas azucaradas, refrescos, bebidas energizantes y alimentos ultra procesados es un factor determinante en esta situación. Estudios de la Organización Mundial de la Salud (OMS, 2021) y la Secretaría de Salud Federal muestran que el exceso de azúcares y calorías en la dieta aumenta significativamente la prevalencia de enfermedades crónicas no transmisibles.
“Prohibir estos productos en dependencias estatales y hospitales permitirá reducir la exposición de la población a alimentos poco saludables, alinear los espacios públicos con políticas de promoción de la salud y fortalecer la prevención de enfermedades crónicas”, señaló.
Además, señaló que, la proliferación de máquinas expendedoras en espacios públicos y privados facilita la disponibilidad de estos productos y es un potente catalizador de su consumo, que contribuiría al mantenimiento y progreso de la epidemia de obesidad.
Por lo tanto el artículo quedaría de la siguiente forma; “Queda prohibida la venta, distribución, suministro o donación de bebidas azucaradas, refrescos, bebidas energizantes y alimentos preenvasados con alto
contenido calórico, así como la instalación o mantenimiento de máquinas expendedoras que los ofrezcan, dentro de las dependencias y entidades de la administración pública estatal, así como en hospitales, clínicas y demás instituciones de salud pública del Estado de Tamaulipas. La Secretaría de Salud del Estado emitirá los lineamientos y supervisará el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo,
asegurando que los espacios institucionales promuevan hábitos de vida saludables”.
Esta situación buscaría bajar los índices de obesidad y evitar la detonación de enfermedades crónico-degenerativas en los trabajadores estatales.