Por José Medina
Ciudad Victoria.- Sergio Arturo Ojeda Castillo busca armonizar la Ley para el Desarrollo Familiar del Estado de Tamaulipas con las normativas federales y estatales que prohíben el matrimonio infantil, ya que este impacta negativamente en la vida de las niñas, niños y adolescentes.
En su exposición de motivos denuncia que en lo general, se considera que la edad mínima para casarse debe ser de al menos 18 años, ya que esto permite que los jóvenes completen su educación, desarrollen sus habilidades y alcancen una mayor madurez emocional antes de tomar una decisión tan importante.
Además de que los estudios sugieren que el cerebro humano sigue desarrollándose hasta los 25 años, especialmente en áreas relacionadas con la toma de decisiones, la planificación y la regulación emocional. Esto puede afectar la capacidad de los adolescentes para tomar decisiones informadas y responsables sobre su vida.
Aseveró que el matrimonio infantil representa una grave violación de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, afectando especialmente a las niñas y adolescentes. Al ser despojadas de su infancia, se exponen a un mayor riesgo de sufrir violencia, embarazos precoces, abandono escolar y pobreza. Esto tiene consecuencias a largo plazo, ya que sus perspectivas económicas y de salud son más limitadas en comparación con las de las niñas y adolescentes que no se casan.
Dijo que en resumen, la prevención del matrimonio infantil requiere de un enfoque integral que aborde las causas subyacentes de este problema, como la pobreza, la falta de educación y la desigualdad de género. La Agenda 2030 de la ONU ofrece un marco para abordar estos desafios y promover un futuro más justo y equitativo para todas las niñas y mujeres.
Quedando el texto así: Los principios rectores de la familia son:
a).- toda persona mayor de dieciocho años, tiene derecho a contraer matrimonio, célula básica de la familia. El matrimonio es el acuerdo de voluntades libremente expresadas por los contrayentes, con objeto de unir sus vidas en forma permanente a fin de procurarse ayuda mutua y la preservación de la especie, que se celebra ante la autoridad competente y con los requisitos y formalidades que la ley dispone;