POR DAVID ZARATE CRUZ

Ciudad Reynosa, Tamaulipas.- El Poder Judicial Federal, obligo al Juzgado Segundo Civil de Reynosa a iniciar de nueva cuenta todo un juicio ordinario mercantil, por culpa de la actuaria, que no entrego los documentos necesarios en el emplazamiento a la demandada, lo que motivo que en el juicio 578/2021 se otorgara el amparo, ya que se violaron las garantías de seguridad jurídica y debido proceso, dejando en la indefensión a la acusada.

El Juez Juan Fernando Alvarado López, titular del Juzgado Séptimo de Distrito en Reynosa, acordó “…pronunciamiento… se tiene por cumplida la sentencia de amparo..”, esto después de que el Juzgado Estatal enviara las pruebas correspondientes, de haber dejado insubsistente todo lo actuado en el juicio mercantil y haber emplazado a la demandada, entregándole las copias completas de la demanda con la finalidad de que tuviera los suficientes elementos para poder defenderse.

La sentencia emitida el 25 de julio del 2022, otorgó el amparo para que, se deje insubsistente todo lo actuado en el juicio ordinario mercantil…, de su índice, promovido por…, como apoderada de…,  partir del emplazamiento practicado a la demandada; se reponga el procedimiento respecto al citado juicio, para conducirlo hasta su conclusión según las leyes que lo rigen y ordene el emplazamiento de la demandada conforme a la normativa aplicable.

El Juez señalo en la sentencia que, si al practicar el emplazamiento, la actuaria no entregó copia de la demanda y sólo expresó que corrió traslado con las copias debidamente selladas y rubricadas, sin precisar cuáles son éstas, provoca que la enjuiciada no pueda tener certeza respecto a qué tipo de procedimiento se le está llamado y cuáles son las pretensiones del actor, así como que información se obtiene de las constancias que se entregan, menos aún si están está completas, por tanto la deja imposibilitada para dar contestación y ejercer una defensa efectiva.

Al incurrir en estas omisiones la Actuaria responsable, resulta ilegal el emplazamiento reclamado, puesto que no se garantizó que la persona emplazada tuviera conocimiento cierto y completo, no sólo de las acciones y pretensiones que le reclama el actor, sino también de los documentos en los cuales la accionante sustenta su acción; a fin de estar en condiciones de contestar la demanda, oponer todas las excepciones que considere pertinentes.