POR DAVID ZARATE CRUZ
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Mediante la ejecutoria 15/2022, Magistrados Federales ordenaron al Juez Advento Hernández Reyna, titular del Juzgado Décimo de Distrito en Tampico, admitir una demanda de amparo en contra de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), donde un ciudadano acusa a un visitador y al coordinador de quejas de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tamaulipas (CODHET, por faltas administrativas y presunta responsabilidad.
El Magistrado Víctor Pedro Navarro Zárate, presidente del Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito en Victoria, notifico la ejecutoria mediante la cual se determinó que, no se satisfacen los requisitos del artículo 113 de la Ley de Amparo, para desechar el escrito de demanda al no observar el Juzgador que por el momento el motivo de improcedencia no es manifiesto e indudable, dado que no será sino hasta que se reciban los informes justificados cuando se podrá verificar la integración de los expedientes.
El tres de diciembre del 2021, el Juez Advento Hernández Reyna, titular del Juzgado Décimo de Distrito en Tampico, desecho la demanda de amparo en contra de la CEDHET, con el argumento principal de que las recomendaciones de derechos humanos no son obligatorias y por tal motivo no pueden ser sujetas al juicio de amparo, ante lo cual el afectado presenta recurso de revisión.
Jorge Luis Beas Gámez, secretario en funciones de Magistrado, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, el Juez de Distrito -para desechar la demanda de amparo- consideró que el acuerdo reclamado resuelve lo atinente a una queja formulada por el ciudadano ante la CODHET, en contra de presuntas violaciones a derechos humanos; no obstante, de la resolución que el ahora recurrente anexó a su demanda de amparo, se advierte que relata lo relativo a una denuncia que presentó el impetrante.
Esta, contra el Primer Visitador General y el Coordinador de Quejas y Orientación, ambos de la CODHET, a quienes el hoy recurrente atribuyó faltas administrativas y la presunta responsabilidad en términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Tamaulipas, es decir no se trata de una queja contra autoridades, sino una denuncia contra funcionarios de la propia Comisión Estatal.
El pleno judicial revoca el auto de tres de diciembre de dos mil veintiuno, dictado en el juicio de amparo 1680/2021 del índice del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Tamaulipas, con sede en Tampico y ordena reponer el procedimiento para el efecto de que el Juez de Distrito provea lo conducente en relación con la admisión de la demanda de amparo.
En este caso, el diecinueve de julio de dos mil veintiuno, el afectado presentó una denuncia ante el Órgano Interno de Control de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), en contra del Primer Visitador General y el Coordinador de Quejas y Orientación de la CODHET, por presuntos actos ilícitos, arbitrarios y delictivos en su perjuicio, derivado de un acuerdo de veintiuno de junio de dos mil veintiuno, al haber declarado como no procedente una queja.
La Directora General de Quejas en materia Penitenciaria de la CNDH, desecho el recurso de denuncia porque, del análisis efectuado a las constancias que integraban el procedimiento contenido en la Carpeta de Investigación, esa autoridad investigadora no contaba con elementos de convicción aptos, idóneos, bastantes y concluyentes, que permitieran demostrar la existencia de alguna falta administrativa.
Así como la presunta responsabilidad en términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Tamaulipas, atribuible a los servidores públicos adscritos a la Segunda Visitaduría General de la CODHET, por lo que se emitió acuerdo de conclusión y archivo; contra ese acuerdo el ciudadano presento demanda de Amparo que el Juzgado Decimoprimero de Distrito en Tampico desecho, y que ahora el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Decimonoveno Circuito en Victoria, ordeno admitirla.