POR DAVID ZARATE CRUZ

Ciudad Reynosa, Tamaulipas, México, América.- Petróleos Mexicanos (Pemex) Exploración y Producción, deberá indemnizar con mil 670 días de salario a una persona por incapacidad permanente total, ya que mediante la ejecutoria 427/2021, Magistrados Federales le negaron el amparo contra la autoridad laboral, debido a que la Junta responsable contrario a lo afirmado por la paraestatal, si cumplió con las Garantías Constitucionales al aprobar el Laudo.

El Magistrado Artemio Hernández González, presidente del Primer Tribunal Colegiado del Decimonoveno Circuito en Reynosa, dio a conocer la ejecutoria mediante la cual se determinó que, la Junta sí expuso las razones por las que consideró procedente la pretensión de la actora de que se reconociera la existencia de diversas enfermedades profesionales, y se condenara a la patronal al pago de la indemnización, al efecto, indicó que la carga de la prueba de las condiciones de trabajo y los lugares en que se prestaron los servicios, correspondían al patrón.

El 14 de abril del 2021, la Junta Especial Número Sesenta de la Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) en Reynosa, emitió Laudo de juicio laboral mediante el cual condeno a Pemex Exploración y Producción, al pago de una indemnización por incapacidad permanente total, equivalente a 1670 días de salario  ordinario, en términos del contrato colectivo, el órgano federal recurre al juicio de amparo.

El Magistrado Mauricio Fernández de la Mora, a quien correspondió estudiar el asunto, determino que, la Junta destacó las actividades relatadas por el actor, así como lo aseverado por la patronal; destacó que esta última aportó copias del convenio de terminación laboral y su ratificación, orden de pago de pensión jubilatoria, dictamen de antigüedad y ausencias, recibos de pago, tarjetas de trabajo, diversas cláusulas contractuales, así como el Reglamento de Labores del puesto de ayudante de perforación (piso rotaria).

La Junta expresó que de tales pruebas no se desprendían las actividades específicas ni el medio ambiente laboral en el que el actor se había desempeñado; por lo que se actualizaba la presunción de ser ciertos los hechos afirmados en la demanda, relativos a que estuvo expuesto a ruidos y trepidaciones, y a una constante realización de sobreesfuerzos, ante lo cual el pleno judicial niega el amparo a  Pemex Exploración y Producción.