Por: José Medina

Ciudad Victoria.- Afirmó la diputada Yuriria Iturbe Vázquez; Que la persona responsable podrá ser un médico cirujano con título y cédula profesional vigente, o bien un profesional asociado en dirección funeraria, técnico en embalsamamiento o equivalente, siempre que cuente con la acreditación y certificación correspondiente expedida por institución reconocida y se encuentre registrado ante la autoridad sanitaria estatal,

.- Los establecimientos funerarios, crematorios y de disposición final de cadáveres deberán contar con un responsable sanitario, quien será la persona encargada de vigilar el cumplimiento de las disposiciones sanitarias aplicables al funcionamiento del establecimiento.

Afirmó que los beneficios de esta reforma son múltiples, primeramente porque se garantiza que todos los establecimientos funerarios cuenten con personal debidamente acreditado para vigilar el cumplimiento de las disposiciones sanitarias; en segundo lugar, porque se amplía la base de profesionales reconocidos, reduciendo con ello, la escasez de personal médico en este tipo de establecimientos y promoviendo la inclusión laboral del personal técnico capacitado; y por último, se refuerza la protección de la salud pública, mediante un marco normativo que combina rigor sanitario con reconocimiento a la especialización funeraria.

Sostuvo que, dicha acción legislativa encuentra sustento legal en el marco normativo federal, propiamente en el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos, el cual establece que los responsables sanitarios en materia de disposición de cadáveres deben ser médicos cirujanos, sin embargo, al ser una materia concurrente, nosotros como entidad federativa, nos encontramos legitimados para legislar, ampliar y precisar los perfiles profesionales, siempre que no se contradiga la reserva federal para procedimientos expresamente médicos.

«De igual forma, se fundamenta en la propia ley motivo de la presente reforma, al considerar en su articulado, la exigencia para que los establecimientos sujetos a licencia sanitaria cuenten con un responsable sanitarios».