Por: José Medina

Ciudad Victoria.- El diputado Humberto Prieto Herrera presentó una iniciativa que tiene por objeto establecer en la Ley Estatal de Planeación, que la planeación del Estado, se lleve a cabo bajo los principios de perspectiva de género, con enfoque de inclusión, como mecanismo transversal para asegurar la igualdad, de oportunidades y el ejercicio de sus derechos, a las personas con discapacidad, así como el principio de la factibilidad cultural de las políticas públicas estatales, para que las políticas implementadas sean sostenibles y acertadas.

«Es una realidad que el momento histórico en el que vivimos se caracteriza por los rápidos cambios y transformaciones constantes, por lo que resulta cada vez más necesaria la aplicación del proceso de planeación como elemento indispensable para el análisis profundo de los problemas, la identificación de sus causas y los posibles rumbos y alternativas para su solución.

Así, el Sistema Nacional de Planeación debe orientar en forma ordenada y congruente el proceso de desarrollo político, económico y social del país a través de la coordinación de las tres instancias de gobierno (Federación, estados y municipios», sentenció.

Señaló que la presente acción legislativa se encuentra en armonía con el Plan Estatal de Desarrollo 2023-2028, y los Objetivos del Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030, Objetivo 10. Reducir la desigualdad en los países y entre ellos. 10.2. Potenciar y promover la inclusión social, económica y política de todas las personas, independientemente de su edad, sexo, discapacidad, raza, etnia, origen, religión o situación económica u otra condición. 10.3. Garantizar la igualdad de oportunidades y reducir la desigualdad de resultados, incluso eliminando las leyes, políticas y prácticas discriminatorias y promoviendo legislaciones, políticas y medidas adecuadas al respecto.

De acuerdo con la Ley de Planeación, se entiende por planeación estatal de desarrollo la ordenación racional y sistemática de acciones que, con base al ejercicio de las atribuciones del Ejecutivo Estatal en materia de regulación y promoción de la actividad económica, social, política, cultural, de protección al ambiente y aprovechamiento racional de los recursos naturales, así como de ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y desarrollo urbano, tiene como propósito la transformación de la realidad del Estado, de conformidad con las normas, principios y objetivos que la propia Constitución y la ley establecen.

En ese sentido, se deberán fijar los objetivos, metas, estrategias y prioridades, así como asignar recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución, coordinando acciones y evaluando resultados.

De igual forma, la Ley establece que el Plan Estatal de Desarrollo, precisará los objetivos estatales, estrategias y prioridades del desarrollo integral y sustentable del Estado, por lo que contendrá previsiones sobre los recursos que serán asignados a tales fines y determinará los instrumentos y responsables de su ejecución.

Prieto Herrera propone reformar el artículo 2 de la Ley Estatal de Planeación para establecer dentro de los principios de la planeación del Estado, que deberá llevarse a cabo bajo los principios de perspectiva de género, enfoque de inclusión, como mecanismo transversal.

Con el fin de asegurar la igualdad, de oportunidades y en el ejercicio de derechos, a las personas con discapacidad, todo ello con miras a garantizar su participación plena y efectiva en la sociedad, abonando en la consecución de una vida plena e independiente, y factibilidad cultural, para que las políticas implementadas sean sostenibles y acertadas.